Ampliación de plazo de solicitud de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica en viviendas.
Dado que el Comité Ejecutivo del CIEGC mediante acuerdo de 01 de junio de 2018 aprobó la convocatoria y bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica en viviendas.
Visto que la disposición décima de la referida convocatoria señala que “El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (B.O.P) hasta el 31 de diciembre de 2018, pudiendo prorrogarse dicho plazo por el CIEGC.”
Visto, asimismo que, mediante el citado acuerdo de 01 de junio de 2018, el Comité Ejecutivo delegó la facultad de dictar las instrucciones que resultaran precisas, así como la facultad de prorrogar el plazo de presentación de solicitudes y justificación en el Vicepresidente del CIEGC.
Visto que el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración, salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Visto que el citado artículo en su párrafo 3o establece que “Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.”
En uso de las facultades conferidas por el Decreto Presidencial no1/16, de 12 de mayo de 2016 de designación de Vicepresidente del Consejo Insular de la Energía de Gran Canaria (en adelante CIEGC), en calidad de órgano competente de conformidad con la delegación de competencias aprobada y recogida en acta del Comité Ejecutivo de 1 de junio de 2018.